PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por las abogadas BELKIS CENOBIA CARRERO GONZÁLEZ y DALIA YALEITZA CARRERO GONZÁLEZ, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano LUIS FELIPE FLOREZ GARCÍA, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira el 22 de julio de 2.015, con Diario N° 14, que negó la apelación ejercida en contra del auto de fecha 15 de julio de 2015.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por las abogadas BELKIS CENOBIA CARRERO GONZÁLEZ y DALIA YALEITZA CARRERO GONZÁLEZ, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano LUIS FELIPE FLOREZ GARCÍA, en contra del auto fechado 06 de agosto de 2.015, con Diario N° 25, dictado por la Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el Expediente N° 9067-2015 que se tramita por ante el referido Tribunal, que negó la apelación ejercida .....