EL Juzgado Superior en lo Civil, actuando en sede constitucional, visto que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisión N° 1307, del 22 de junio de 2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220 de fecha 1° de Julio de 2005, derogó la consulta prescrita en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, razón contundente por la que se hace forzoso e ineludible declarar definitivamente firme la decisión dictada el 21 de noviembre de 2017 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y que fuese remitida a consulta, por lo que se acuerda la devolución del expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se establece.