PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Ximena Yuraima Blanco Ibarra, mediante diligencia de fecha 26 de mayo de 2010.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de revisión de obligación de manutención establecida en beneficio de la niña (se omite el nombre por disposición expresa de la Ley), presentada por su progenitor Alejandro Patiño Giraldo. En consecuencia, fija la misma en la cantidad de Bs. 1.500,00 mensuales, debiendo el obligado pagar igualmente el 100% de los gastos por concepto de tareas dirigidas, útiles escolares, gastos del colegio, transporte escolar, gastos decembrinos, gastos médicos y/o hospitalarios, según lo convenido en el escrito de separación de cuerpos y de bienes, con excepción del aporte por cesta ticket que por ley corresponde al trabajador.
TERCERO: Queda MODIFICADA la sentencia de fecha 17 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niñ.....