En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte querellante, ciudadana Gloria María Valero Urbina, mediante diligencia de fecha 08 de diciembre de 2006.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la querella interdictal de despojo incoada por la ciudadana Gloria María Valero Urbina contra Benjamín Araque Ballesteros.
TERCERO: Queda ANULADA la decisión de fecha 06 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 708 del Código de Procedimiento Civ.....