PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 29 de noviembre de 2005.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana Blanca Herrera Vargas contra el ciudadano Néstor Carrero, por reconocimiento de comunidad concubinaria y partición de bienes habidos en dicha comunidad.
TERCERO: Conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, condena en costas a la parte demandante.
CUARTO: Queda REVOCADA la decisión apelada, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 18 de noviembre de 2005.