PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante escrito de fecha 16 de junio de 2010.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Juan Carlos Ramírez Chacón contra el ciudadano Eleazar Zambrano Contreras, por desalojo y cobro de pensiones insolutas. En consecuencia, se condena al demandado a entregar al actor el inmueble ubicado en el Barrio Puente Unión, carrera 2, signado con el N° 10-05, Capacho Viejo, Municipio Libertad del Estado Táchira, objeto del contrato verbal de arrendamiento. Igualmente, a pagarle la cantidad de dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800,00) por concepto de cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009, y enero, febrero y marzo de 2010 a razón de trescientos cincuenta bolívares (Bs. 350,00) cada uno, y los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble.
TERCERO.....