Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente explanados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Froilán Roa Vivas en representación de las ciudadanas María Erlinda Rivas, Hilda María Rivas y Omaira Ramona Rivas viuda de Guerrero en contra de la decisión proferida por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia de Familia y Menores de esta Circunscripción Judicial, en fecha 02 de junio de 1999.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA de inquisición de paternidad interpuesta por la parte demandante ya referida en contra de los herederos del ciudadano Teófilo Vicente Rojas Celi, ciudadanos Lastenia Torres viuda de Rojas, Mariela Rojas Torres, Alix Teresa Rojas Torres, Betty Esperanza .....