Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la Dra. Maritza Ramírez Ramírez, Juez Unipersonal N° 4 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Al margen del fallo se le indica a la juez inhibida, que conforme a lo dispuesto en el particular segundo del dispositivo del fallo dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil en fecha 01 de agosto de 2006, corriente a los folios 13 al 30, una vez recibido el expediente debió remitirlo a distribución, a fin de que la Juez Unipersonal que resultare competente procediera a dictar nueva sentencia con sujeción a lo ordenado en el referido fallo, por lo que no era.....