PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el codemandante Juan Ángel Monsalve Molina, mediante diligencia de fecha 14 de junio de 2006.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 12 de junio de 2006, que declaró inadmisible la demanda interpuesta por los ciudadanos Juan Ángel Monsalve Molina y Carmen Teresa Guerrero Hevia, contra la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamos de los Obreros de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, por prohibición expresa del artículo 16 del Código de Procedimiento Civil.