PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Linda Otiana Adrianza Cayetano, apoderada judicial del ciudadano Williams Giovanni Moreno Puerto mediante diligencia presentada en fecha 25 de enero de 2007.
SEGUNDO: CONFIRMA con distinta motivación la decisión de fecha 09 de enero de 2007, dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la acción por cumplimiento y aumento de pensión de alimentos formulada por la ciudadana Doris Cointa Colmenares Zambrano con el carácter de madre de las adolescentes (Se omite los nombres por disposición expresa de la Ley), contra el ciudadano Williams Giovanni Moreno Puerto. Asimismo, condenó al obligado a cancelar la cantidad de Bs. 3.763.200,00 que resulta de restarle la suma de Bs.785.516,00 pagados por el demandado según las pruebas por él suministradas, por los siguientes conceptos: Bs. 3.360......