PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 28 de marzo de 2011.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto de fecha 24 de marzo de 2011 proferido por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual determinó que la presente causa se encuentra aún en etapa de citación por no evidenciarse de manera alguna la citación presunta de la ciudadana María Estela González Sánchez y, en consecuencia, no providenció las pruebas presentadas por la parte actora.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora apelante.