PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora mediante diligencia de fecha 09 de agosto de 2007.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 19 de marzo de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró perimida la instancia en la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Conforme a lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.