Por los razonamientos expuestos este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara inadmisible el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora mediante diligencia de fecha 08 de diciembre de 2004.