PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 19 de julio de 2012, por la coapoderada judicial de la ciudadana Yoraima Ramírez Vivas, parte demandante.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto de fecha 16 de julio de 2012, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, condena en costas a la parte actora apelante.