PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 10 de julio de 2007 por la Juez Unipersonal N° 1 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana Luz Lina Ochoa Bracho contra Luis Humberto Ramírez, por obligación alimentaria en beneficio de su hijo (Se omite el nombre por disposición expresa de la Ley), y por indemnización de daño moral.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: Queda REVOCADA la decisión apelada.