PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana María Mayela Romero Ruíz, asistida por la abogada Solange Astrid Arias Durán, Defensora Pública de Protección Integral de la Familia de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante diligencia de fecha 08 de octubre de 2009.
SEGUNDO: REPONE LA CAUSA al estado de que la Juez Unipersonal N° 3 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie sobre la admisión tanto de la solicitud de suspensión del régimen de convivencia familiar formulada en fecha 26 de junio de 2009 por la ciudadana María Mayela Romero Ruíz, como de la solicitud presentada por el ciudadano Alberto Mejía Pidghirnay relativa al cumplimiento de dicho régimen, las cuales suponen la revisión del régimen de convivencia familiar convenido de mutuo acuerdo entre los mencionados ciudadanos en el escrito contentivo de la solicitud de separación de cuerpos y de bienes, siguiendo.....