PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada mediante diligencia de fecha 14 de marzo de 2007.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia, emplaza a las partes para el décimo día de despacho siguiente a la fecha del auto por el que el Tribunal de la causa le dé entrada nuevamente al presente expediente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para el nombramiento del partidor.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte demandada apelante.