Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la abogada Ana Lola Sierra, Juez Temporal del Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Al margen del fallo, se le indica a la juez inhibida que la inhibición propuesta era innecesaria puesto que en la decisión de fecha 28 de junio de 2010 proferida por el mencionado Juzgado Superior Cuarto, se ordena la distribución del expediente.
Remítase con oficio N° 0570-387, copia certificada de la presente decisión a la Juez inhibida.