Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara no ha lugar a pronunciamiento alguno, más allá de las consideraciones o el análisis pertinente que ha surgido respecto al asunto planteado.