DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por la representación judicial de la parte demandada,. EMPRESA MERCANTIL CORPORACIÓN DENIZA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 48, Tomo 33-A 314, de fecha 3 de abril de 2012, cuya última modificación de sus estatutos se realizó el 26 de diciembre de 2012, quedando anotada bajo el Nro. 38, Tomo 156-A 314.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por desalojo de local comercial es incoado por el ciudadano NESTOR CARRERO, contra la EMPRESA MERCANTIL CORPORACIÓN DENIZA C.A, ciudadanos Carlos Jesús Mieles Mora y José Trinidad Mieles Mora. Consecuencialmente, se ordena a la parte demand.....