PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 06 de diciembre de 2006, contra la decisión de fecha 16 de noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la oposición a la medida de secuestro decretada por el mencionado Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial mediante auto de fecha 27 de septiembre de 2007, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios, San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 18 de mayo de 2007. En consecuencia, se ordena el levantamiento de dicha medida una vez quede firme la presente decisión.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en .....