Por los razonamientos expuestos este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de las solicitantes de la interdicción, mediante diligencia de fecha 17 de octubre de 2006.
SEGUNDO: Declara que no ha lugar al juicio de interdicción del ciudadano José Alí Maldonado Arellano.
TERCERO: Queda modificada la decisión dictada en fecha 11 de julio de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró sin lugar la solicitud de interdicción del ciudadano José Alí Maldonado Arellano, presentada por las ciudadanas Gladis María Rosales Maldonado, Aura Antonia Rosales Maldon.....