Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana De Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 3 de julio de 2019, suscrita por el abogado César Rojas Mendoza, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 28 de junio de 2019 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: SE CONFIRMA CON LA MOTIVACION AQUÍ EXPUESTA, la decisión interlocutoria dictada en fecha 28 de junio de 2019 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil, Mercan.....