Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA en contra del imputado JOSÉ BAUDILIO DURAN IZARRA, Venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, soltero, de 45 años de edad, nacido en fecha 24/07/1967, titular de la cédula de identidad Nº 11.220.167, de oficio obrero, hijo de María Elvia Izarra (v) y Antonio Duran (v), con segundo grado de educación Básica, domiciliado en Nueva Bolivia, Sector Aserradero, calle principal, Invasiones, casa sin numero, en un rancho de lata, cerca del Río o del taller mecánico, Parroquia Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, por el presunto delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 en concordancia con el art.....