DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana LUCY MARILIN RAMIREZ, ya identificada, en contra del ciudadano: EFRAIN JONATHAN ARGUELLO, igualmente identificado, en beneficio de su hija, la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, de un (01) año de edad, en consecuencia, SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en beneficio de la niña de autos, en la cantidad CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.120.000,oo) mensuales, equivalente al diecinueve con cincuenta y uno por ciento (19,51%) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual corresponde a la cantidad de seiscientos catorce mil setecientos noventa bolívares (Bs.614.790,oo). Igualmente, SE FIJA UN BONO ESPECIAL adicional a la Obligación Alimentaría, en el mes de DICIEMBRE en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00 CENTIMOS (Bs.200.000,00), equivalente al treinta y dos con cincuenta y tres por ciento (32,53%) del salario decretado por Ejecutivo Nacional arriba indicado.....