DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda:
PRIMERO: califica como flagrante la aprehensión de los imputados: JESUS ANTONIO VILLAMIZAR ANGARITA, Colombiano, titular de la cédula de identidad N° 23.222.656, de 46 años de edad, soltero, carpintero, natural de Santander Colombia, residenciado en Guayabones, vía Panamericana, en la carpintería Progreso, hijo de ANA JESÚS VILLAMIZAR (v) y SILVIO VILLAMIZAR (v) OMAR ANTONIO VILLAMIZAR, de 37 años de edad, Colombiano, y nacionalizado, cédula de identidad Nº 23.222.257., carpintero, soltero, natural de Ocaña, Norte de Santander, Colombia, residenciado en Guayabones, vía Panamericana, en la carpintería Progreso y ALFONSO VILLAMIZAR, de 43 años de edad, natural de Ocaña, N.....