Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado JOSÉ ARELLANO, venezolano, natural de Mesa Bolívar, Estado Mérida, mayor de edad, con cédula de identidad N° 5.406.616, chofer, residenciado en el Barrio La Vega II, Calle Principal, casa sin número, El Vigía, Estado Mérida, la formula alternativa de cumplimiento de pena como es la LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad con lo establecido en los Artículos 478, 479, 482, 501, 505, del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas.
Déjese copia, cítese al penado para la imposición de la medida acordada para el día cuatro (04) de julio de 2006 a las 11:30 a.m. en este Tribunal. Notifíquese a la Defensa y a la Fiscalía del Ministerio Público, líbrese la correspondiente Bole.....