Ahora bien, tal como se evidencia de los documentos anteriormente mencionados el abogado JESUS VILORIA, quien como ya se indicó compareció a la Audiencia Preliminar, con el carácter y la facultad para representarla judicial, tal como se evidencia del instrumento poder original consignado a los autos, por lo que el referido ciudadano JESUS VILORIA, puede con tal carácter ejercer validamente la representación de la empresa RESTAURANT BAR EL BARQUERO, C.A., y así se decide.
En consecuencia es forzoso para esta Juzgadora declarar sin lugar la impugnación realizada por los abogados ANGEL ROJAS e ISRAEL GARCÍA, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora. Así se decide.