Por las razones expuestas es que solicitan al Tribunal se ordene la Inserción de la Partida Supletoria de Nacimiento del Ciudadano LUIS EMIL CORDERO.
Hecho el estudio y análisis de la causa, este Sentenciador observa que de las pruebas presentadas por el solicitante como fueron el edicto publicado en el diario Frontera, fe de bautismo expedida por la Diócesis de El Vigía, San Carlos del Zulia, y las declaraciones de los ciudadanos: BETTY DEL CARMEN MENDEZ y CARLOS ARTURO COLMENARES MOLINA, por ante este el Juzgado Primero de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón del estado Mérida, y que los mismos declararon, que conocen al Ciudadano LUIS EMIL CORDERO, desde hace 20 y 25 años, ya que se desempeñaba como obrero en un finca agrícola, que tienen conocimiento que él fue abandonado según relato de sus padrinos y que fue criado por los propietarios de una finca. En consecuencia, por cuanto de los autos y medios probatorios aportados por el solicitante, demuestran fe.....