Primero: Decreta la interdicción definitiva del ciudadano Juan Carlos Montes Ortiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.505.959, promovida por los ciudadanos Lourdes Josefina Ortiz de Montes y Elio Alberto Montes Ortiz, ya identificados, asistidos de la abogado, Yenny Edelmira Díaz Medina, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 del Código Civil, y a tenor de lo previsto en el artículo 398 eiusdem, la ciudadana Lourdes Josefina Ortiz de Montes permanece como tutora.
Segundo: Queda confirmada la decisión consultada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, bájese el expediente.