PRIMERO: Con lugar el derecho que tiene el abogado en ejercicio ANGEL MARRERO LEON, de cobrar honorarios profesionales a la JUNTA DIRECTIVA DEL CONDOMINIO DEL EDIFICIO CENTRO CIVICO DE SAN CRISTOBAL, persona Jurídica por ley de propiedad horizontal, inscrita en la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito San Cristóbal (hoy Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el 10-03-1986, bajo el Nro. 36, Tomo 5 adicional, Protocolo Primero, en la persona de su administrador, ciudadano HERNANDO BONELL MARTINEZ, Colombiano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. E-81.108.756, de este domicilio y hábil, como consecuencia de la confesión ficta en que incurrió la parte intimada, honorarios que tendrán como base la suma estimada de CUARENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 48.000,oo)