En consecuencia, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano LUIS ALFONSO ROSALES VEGA, representado judicialmente por la abogada MARIA CORINA ROSALES CANDIALES, contra el ciudadano Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
REMÍTASE con oficio el presente expediente al Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que se agregue como cuaderno separado al expediente N° 9258 de ese Juzgado.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión, para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzg.....