Primero: Con lugar la apelación interpuesta por la accionante, asistida de abogados, contra la decisión de fecha 21 de junio del 2004, dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Segundo: Segundo: Declara con lugar la solicitud de aumento de obligación alimentaria interpuesta por la ciudadana Betty Ramón Zúñiga, ya identificada, a favor de su hija adolescente Anny Dayana Arellano Ramón. En consecuencia, se aumenta la obligación alimentaria que el demandado Régulo Antonio Arellano venía suministrando de setenta y tres mil ochocientos sesenta bolívares (Bs. 73.860,00) mensuales, más cuotas iguales y adicionales para gastos escolares y navideños, a la suma de setenta y cuatro mil bolívares (Bs. 74.000,00) y como cuotas adicionales y extraordinarias fuera de la pensión de alimentos fijada, para gastos escolares en el mes de septiembre, la cantidad de setenta y cuatro mil bolívares (Bs. 74.000,00), y para gas.....