DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por la parte demandante ANTONIO CARLO MENAFRA PALADINO, en el juicio de resolución de contrato incoara en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES 7782, C.A., ambos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble:
1) Una (01) oficina distinguida con el número 134, situada en el piso 13, del Centro Doral, actualmente Torre Credicard, ubicada en la Avenida Principal de la Urbanización el Bosque, cruce con la Avenida Santa Lucía, Chacaíto, Municipio Chacao, estado Bolivariano de Miranda, e.....