declara SIN LUGAR la pretensión del ciudadano MAX CLAUDE ALTABERT, francés, mayor de edad, casado, cedulado con el Nro. E- 82.101.530, domiciliado en la ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, patrocinado judicialmente por el Abogado SANDY JOSUÉ GARCÍA VERA, cedulado con el Nro. 13.577.547 e inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 82.414, contra la ciudadana MARÍA LUISA DIDENOT, venezolana, mayor de edad, soltera, cedulada con el Nro. 3.001.039, del mismo domicilio, por cobro de bolívares por los trámites del procedimiento intimatorio.
Se declara la CADUCIDAD de la acción cambiaria intentada por el ciudadano MAX CLAUDE ALTABERT, antes identificado, para obtener el pago del cheque distinguido con el Nro. 30334790, que corresponden a la cuenta corriente del Banco de Venezuela signada con el Nro. 439-000138-4, por la cantidad de SIETE MILLLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 7.580.000.00) perteneciente a la demandada ciudadana MARIA LUISA DIDENOT, antes ide.....