IV
DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:SIN LUGAR,la demanda porNULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA,interpuesta por el ciudadanoLIBORIO MOLINA GARCIA,plenamente identificado en autos,en contra de losciudadanos ADILIA MOLINA GARCIA y JAIRO MOLINA GARCIA.
SEGUNDO:Se condena en costas a la parte actora por resultar totalmente vencida en el presente litigiode conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.