ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR DEL CIUDADANO E, venezolano, natural de la ciudad de Mérida, de 18 años de edad, nacido en fecha 09 de Marzo del año 1987, soltero, obrero, indocumentado, hijo de xxx; por los hechos denunciados por el ciudadano OROZCO ALEXANDER, y que se contraen a lo siguiente: El día 06 de Diciembre del año 2002, el ciudadano OROZCO ALEXANDER, compareció ante la sede del Cuerpo de Investigaciones para denunciar que personas aun sin identificar, sin violencia alguna, abrieron los protones de la casa de la novia ubicada en la misma dirección donde el vive, en el galpón que esta en la planta baja y se llevaron dos motos, la de la novia Yenifer Espinosa, una Yamaha, color blanco, tipo champ 50 cc, sin placa, serial chasis 54V-3023021, serial del motor 54V, valorada en seiscientos mil bolívares y la de el, una motocicleta, marca RIO, modelo JEEP-BIKE, AÑO 99,.....