PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano MIGUEL ANGEL ORTEGA FLORES, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, natural de San Antonio, nacido en fecha 30 de julio de 1986, de 27 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-17.128.376, hijo de José Eliberto Ortega (v) y Luisa Flores (v), de profesión u oficio estudiante, residenciado en la calle 1, con avenida cuatricentenaria, barrio Altamira, casa 1-22, apartamento 7, San Cristóbal, estado Táchira, teléfono 0426-8265759, señalado en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del estado venezolano, por encontrarse llenos los extremos del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con el artículo 235 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, orden.....