CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JORGE ORLANDO CHACON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad numero V-7.176.979. En contra de la ASOCIACION COOPERATIVA KARLIMA II R.L, inscrita por ante la oficina subalterna de Registro de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, abjo el número 35, tomo 023, protocolo I, de fecha 23/09/06. En al persona de los ciudadanos MANUEL ALFREDO GONZALEZ Y RAFAEL DE JESUS RIVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-13.126.451 y V-12.813.732. Por concepto de Cobro de Prestaciones sociales y demás derechos laborales.
Segundo: SE ORDENA a la demandada ASOCIACION COOPERATIVA KARLIMA II R.L, inscrita por ante la oficina subalterna de Registro de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, abjo el número 35, tomo 023, protocolo I, de fecha 23/09/06. En al persona de los ciudadanos MANUEL ALFREDO GONZALEZ Y RAFAEL DE JESUS RIVAS, venezolanos,.....