PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares, incoada por GYNES YAMIRA ZAMBRANO GIMENEZ, propietaria de la firma personal GINZASERVI, constituida y domiciliada en Santa Ana, Municipio Córdoba, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 01 de octubre de 2.003, anotado bajo el Nro.64, Tomo 1-B , en contra de de la Sociedad Mercantil CENTRO DE CIRUGIA SAN JOSE C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, bajo el Nro.56, Tomo 32-A, de fecha 07 de septiembre de 1995, Expediente Nro.75423, domiciliada en la Carrera 3 Nro.6-68, San Juan de Colón, Estado Táchira, representada legalmente por el ciudadano JOSE RAFAEL MALDONADO DELGADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.v.-.3.795.016.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada al pago de la cantidad de TREINTA Y TRES MIL TRIENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ,(Bs.F..33.035,765), por concepto de capita.....