IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada CRISTINA LLINAS AVELLANEDA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PUBLICIDAD DUMY LIGHT 2000, C.A., parte actora, contra la decisión de fecha 30.11.2016, por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la Medida Preventivas de Secuestro sobre el inmueble identificado por una oficina distinguida con el número 531, ubicada en el nivel 873,60 Quinto (5to) piso, del Centro Comercial Ciudad Tamanaco, del Municipio Chacao del estado Miranda.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida de Secuestro, solic.....