Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vígia administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
Único: Expide la correspondiente orden de aprehensión contra contra los ciudadanos DIOVAN JOSÉ PINEDA GODOY, titular de la cedula de identidad N° 17.027.127, domiciliado en la Avenida Santa Bárbara, Urbanización Las Cumbres, Segunda Etapa, calle N° 01, casa N° 05, el Vigía Estado Mérida y DIOVAN ENRIQUE PINEDA PARRA, titular de la cedula de identidad N° 3.372..117, domiciliado en la Avenida Santa Bárbara, Urbanización Las Cumbres, Segunda Etapa, calle N° 01, casa N° 05, el Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal en perjuicio de JOSE RAMON VIVAS GUERRERO, conforme a los artículos 44.1 Constitucional; 250 y 251 de.....