ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, califica la aprehensión en flagrancia del imputado LUIS DA SILVA BARRERO, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número: 81.227.038, natural de Fronta del Sol, Portugal, titular de la cédula de identidad Nº. E. 81.227.038, nacido en fecha 07-04-1961, casado productor agropecuario, domiciliado en la Urb. Las Cumbres casa Nº.16 el Vigía Estado Mérida; por la presunta comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES INTENCIONALES PERSONALES MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 381 en relación con el 277 y 413 y 88 todos del Código Penal Venezolano, cometidos en perjuicio de HERLIS OSCAR CASTRO SALAS Y EL ORDEN PUBLICO, por estar llenos los extremos del artículo 248 del COPP y artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la R.....