DISPOSITIVA:
Por las razones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 03 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA: JOSE LUIS GARCIA RANGEL Y JULIO CESAR AVILA MAESTRE, por la comisión del delito de: hurto Simple, EN AGRAVIO DE LA EMPRESA CADELA, Niega la privación de sus libertades, debido a que en la audiencia quién representó al Ministerio Público, no motivó los fundamentos de esa solicitud, como consecuencia, otorga en su favor una medida cautelar de presentación cada ocho días, ante éste Tribunal bajo fundamentación explanada en éste fallo. Déjese copia y regístrese.
El Juez,
AB. WALTER J. GONZALEZ G.-
La Secretaria,
AB; LIZ CATHERINE VASQUEZ OSORIO.-