Primero: Se decreta Medida Innominada de Protección a la Producción, presentada por la abogada NURIS DEL CARMEN VILLAFAÑE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.026.487, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.328, en su carácter de Defensora Pública Agraria N° 02 de la Extensión de la Unidad de Defensa Pública El Vigía del Estado Mérida, actuando previo requerimiento expreso de la ciudadana ALEJANDRINA RANGEL MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.214.995, procedente del Sector San Rafael, Parroquia Torondoy, Municipio Justo Briceño del estado Bolivariano de Mérida; de conformidad en los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre un lote de terreno de vocación y uso agrícola denominado CAMPO ALEGRE, ubicado en el sector SAN RAFAEL PARROQUIA TORONDOY, MUNICIPIO JUSTO.....