Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por la ciudadana LISBETH COROMOTO VELÁSQUEZ REY, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.634.395, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Albero Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la abogada ANGELY KATHERINNE RONDÓN FALCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.048.736, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 306.670, número telefónico 0412-6648258 y 0424-7349984, mediante la cual solicita que se les declare el divorcio debido que se encuentra separada de hecho de la vida en común con el ciudadano RICHARD ALEXANDER ESPINOZA CASTILLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, titul.....