DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA FACUNDA URBINA ARAQUE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V.9.219.061, domiciliada en el Barrio Las Margarita, vereda 8, casa N°35, parte alta, Parroquia Pedro María Morantes, San Cristóbal, Estado Táchira, por reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta en contra de los ciudadanos Jeaneth Carolina Sánchez Urbina, Ramón Alexander Sánchez Urbina, Jusnet Karina Sánchez Urbina y Yelitza Nakarith Sánchez Urbina, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°. V.-13.146.731, V.-15.241.944, V.-16.231.688 y V.-19.235.744, quienes son hijos del de cujus JOSE RAMÓN SÁNCHEZ SANCHEZ,.....