DISPOSITIVA
En base a los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, al ADOLESCENTE (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, nacido en fecha de nacimiento 11-12-1990, actualmente de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° (RESERVADO), de ocupación agricultor, residenciado actualmente en (RESERVADO) ; todo de conformidad con los artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE. . Notifíquese a las partes, SE ACUERDA LIBRAR oficio al DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURIDICA, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a NIVEL CENTRAL. Una vez firme y procédase al ar.....