Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión del imputado TULIO ALBERTO VIVAS RIOS, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.259.640, de 22 años de edad, nacido en fecha 13-10-1983, en San Juan de Colón, Estado Táchira, de oficio comerciante, con grado de instrucción Quinto Año de Bachillerato, domiciliado en la calle tres, de la Urbanización Padre Fonseca, Umuquena, Estado Táchira, en la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 322 en concordancia con el artículo 319, ambos del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, por consid.....