DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a la Solicitante ya identificada; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la Ciudadana INDIRALUNA HASSAN GÓMEZ, ya identificada, asistida por el Abogado: LUIS YITSON GÓMEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.035.058, inscrito en el Inpreabogado bajo del número 70.190, y jurídicamente hábil. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Causa.....